¿Diríamos
que hay dos conjuntos de normas, una los DDHH de 1948 para gestionar los
Estados y sociedades y Culturas, y otra, las normas éticas y religiosas de cada
uno?
¿Dicho
de otro modo, diríamos que los humanos, han descubierto, después de siglos y
milenios de sufrimientos y sangre, una normativización ética y moral, socio
política y jurídica, que denominamos Derechos Humanos de 1948 y cartas
siguientes, para organizar el conjunto de todos los hombres, de cualquier
religión e ideología y filosofía?
¿Y
por otro lado, existe la ética y moral y ética religiosa y moralidad religiosa
de cada individuo o grupo, que puede en cierto modo, matizar los DDHH de 1948?
¿De
esta forma, podríamos encontrar, pregunto, por un lado que todos los seres
humanos vivan y existan en paz, en paz social y política, en cualquier lugar
del mundo, siguiendo los DDHH de 1948 y por otro lado, podríamos respetar las
éticas morales y éticas religiosas de cada ideología-filosofía-religión en el
mundo…?
¿El grave
problema es cuándo un artículo de un Derecho Humano no armoniza con una norma
religiosa o ética de un grupo o colectivo o religión o sociedad…?
¿Qué
hacer entonces…?
¿Es
obvio que los DDHH de 1948 no fueron aprobados por todos los países y culturas
cuándo se aprobaron…? ¿Y es evidente, que hay artículos que no son admitidos,
por algunas sociedades y culturas y religiones y Estados, en sus territorios…?
¿Por
ejemplo, algunos Estados negaban la propiedad privada, otros la libertad de
religión y de culto o la igualdad en derechos de mujeres y hombres…?
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